Cronograma de reuniones para la conformación del Consejo Local en nuestro distrito:
Consideramos que la constitución de un organismo como el Consejo Local va a ser un salto de calidad institucional en la ciudad pues va a marcar claramente una distinción hacia una real participación popular en pos de un objetivo esencial como es la realización plena de los derechos de los niños. Por ello creemos que previo a la constitución del Consejo es necesario poner en común todos los saberes y experiencias que contemos sobre el mismo: qué es y qué significa establecer un Consejo Local, qué se necesita para ello y como planificarlo adecuadamente. Con ese fin proponemos estas jornadas de trabajo, con el objetivo de aclarar y enriquecer aún más nuestras ideas, sacarnos las dudas y llegar de la mejor manera al 20 de Agosto.
FECHAS: 08/07, 15/07, 12/08, 20/08
LUGAR: Pasaje Dardo Rocha, Calle 50 e/ 6 y 7 -(Aula 14)-
HORARIO: 10 a 13 hs.
Miércoles 08/07-Presentación:
• ¿Qué es el Consejo Local? ¿Por qué es necesaria su formación?
• Intercambio de experiencias sobre Consejos Locales ya constituidos. Participación de integrantes de CL de otros distritos
Miércoles 15/07: Jornada de trabajo
• ¿Cómo constituimos el Consejo Local?
• Trabajo en talleres a partir de ejes temáticos
Miércoles 12/08: Jornada de trabajo 2
• Planificación del Consejo Local en La Plata
• Organización de la jornada del 20/08
Jueves 20/08- Constitución del Consejo Local de Promoción de Derechos
• Acto inaugural
• Trabajo en talleres para el diseño del reglamento y mecanismo de funcionamiento del CL
Convocatoria a constituir el Consejo Local de Promoción de Derechos en la ciudad de La Plata
Comencemos a elaborar el plan de acción para la protección integral de derechos de los niños/as y adolescentes en nuestro distrito
La convocatoria está dirigida a organizaciones que tengan como objeto el trabajo y/o desarrollo de actividades sobre temáticas y cuestiones vinculadas directa e indirectamente a los derechos de los niños/as y adolescentes.
La inscripción podrá efectuarse desde la primera semana de mayo hasta el 24 de julio, por esta vía al mail provincial@foroporlosderechos.org.ar; o personalmente en la dirección 1 e/ 61 y 62 Nº 1419, en la oficina del Foro por los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Juventud, con los siguientes datos:
Organización
Teléfono
Correo electrónico
Ámbito de intervención comunitaria
Antecedentes en trabajo en niñez y/o juventud
El objetivo es poder encontrarnos y conocernos para constituir el Consejo Local el día 20 de Agosto de 2009, habiendo realizado un camino conjunto y de avances en la promoción y protección de derechos de la Niñez.
Fundamentos
La política del nuevo paradigma de niñez implica la incumbencia y la confluencia de todos, del Estado en su conjunto, y de las organizaciones sociales, pues se trata de incluir al niño en el sistema social. Aquí cobra relevante importancia la puesta en funcionamiento del nuevo sistema de promoción y protección y derechos de la niñez que en pos de la desconcertación de acciones territoriales, deja en manos del Municipio la constitución de los organismos establecidos por la ley.
Pero lamentablemente, a un año de la adhesión del Municipio de La Plata al nuevo sistema, las autoridades municipales no han constituido en la esfera de sus competencias los organismos clave para la implementación de la ley, es decir, no existen hoy ni los Servicios Locales ni el Consejo Local en la ciudad de La Plata.
Ante tal alarmante situación de vacío institucional y teniendo en cuenta nuestra responsabilidad en este nuevo sistema que enfrentamos como organizaciones que nos dedicamos a la problemática de la niñez, no podemos quedarnos con los brazos cruzados a esperar una respuesta que tal vez nunca llegue.
Por ello, creemos necesario desde el Foro convocar a un organismo que la ley prevé puede constituirse con representantes de la comunidad cuando el propio municipio no lo hace: el Consejo Local.
El Consejo Local es una institución que consideramos esencial en este nuevo sistema (así también lo considera la ley) pues es aquel que diseña, ni más ni menos que el Plan de Acción intersectorial territorial para la protección integral de los derechos del niño, con sus prioridades y metas a cumplir.
De tal manera es urgente convocar a este organismo como es el Consejo Local, entendiendo que es prioridad definir el plan de acción de la situación de niñez de nuestra ciudad.
Sabemos bien que estamos facultados por la misma ley para constituir el Consejo ante la falta de convocatoria del mismo por el Municipio:
“En aquellos casos en que el Municipio no manifieste expresamente su voluntad de constituir y participar del Consejo Local, éste podrá constituirse exclusivamente con instituciones sociales de la comunidad y representantes de la Comisión Interministerial, como mínimo aquellos de salud y educación, y todos los que contarán con efectores en esas localidades” (art 15 decreto 300 reglamentario de la ley 13.298)
Por ello, convocamos a todas las organizaciones e instituciones sociales y comunitarias a conformar y constituir el Consejo Local del Municipio de La Plata, pues si no hay respuesta alguna del Municipio, es la comunidad quien debe constituirse y hacerle frente a la situación de nuestros pibes, conformar una red territorial, plantear un plan de acción y diseñar una agenda estratégica que ponga en un primer plano la promoción, protección y la realización plena de los derechos de nuestros niños y adolescentes en nuestra ciudad.
Recordamos aquellas instituciones que por ley pueden formar parte del Consejo:
“1- Representantes de las áreas del Departamento Ejecutivo Municipal, de Desarrollo Social, Salud, Educación, Derechos Humanos, Producción y Empleo, y toda otra de interés a los fines de esta Ley.
2- Representantes de las organizaciones sociales con sedes o funcionamiento en el ámbito territorial del municipio que tengan por objeto el desarrollo de actividades sobre temáticas y cuestiones de cualquier naturaleza vinculadas a los derechos de los niños y las familias, inscriptas en el Registro Único de Entidades no Gubernamentales establecido en el art. 25 de la Ley.
3- Organizaciones de defensa de derechos humanos y de estudios sociales.
4- Representantes de Universidades si existieran en ese ámbito territorial.
5- Representantes de Colegios Profesionales.
6- Las representantes de los niños, adolescentes y familias a quienes le brindará apoyo técnico y de capacitación para que conformen sus propias organizaciones y elijan representantes ante los Consejos.” (art 15 decreto 300 reglamentario de la ley 13.298)
“Promoviendo derechos construimos Igualdad”
FORO POR LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, LA ADOLESCENCIA Y LA JUVENTUD DE LA PLATA
FORO POR LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, LA ADOLESCENCIA Y LA JUVENTUD DE LA PLATA
Publicado por Sociólogos PBA en 7:58
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