Ante el despido de una colega en la UCES: POSICION DEL CPS Ciudad Autónoma de Buenos Aires

UCES es la sigla que utiliza una empresa privada con fines de lucro cuya actividad está centrada en la enseñanza universitaria.

En la presentación que puede verse en la página web oficial de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES), se afirma que “los estudiantes que completen sus estudios universitarios en los próximos cinco años serán, como profesionales, los líderes del siglo XXI y deberán ser formados por una Universidad de Alta Perfomance como UCES (…) la principal tarea será dotarlos de las herramientas necesarias para poder interpretar eficazmente los datos de la cambiante realidad (….) Todos y cada una de las carreras de UCES, así como sus planes de estudio y sus cuerpos docentes, técnicos y administrativos, han sido estructurados para dar respuesta a esta necesidad”.
Bonitas palabras que ocultan una penosa realidad que vive el personal de trabajadores de esa empresa, entre ellos, los docentes.
A lo largo del año 2009 un grupo de profesores se decidió a ejercitar el derecho constitucional de agremiarse para defender de mejor manera sus derechos laborales. Reclamaban, entre otras cosas, estabilidad laboral, condiciones de trabajo dignas, licencias por enfermedad y maternidad o enfermedades de parientes cercanos, reconocimiento de la antigüedad y el derecho a jubilarse como docentes.
Pero quienes integran la alta gerencia de la empresa privada que administra el negocio educativo llamado UCES sin duda “han sido estructurados para dar respuesta a esta necesidad”.
La respuesta adecuada fue despedir a la Licenciada en Sociología Diana Lacal, docente desde hace 17 años de las materias de Sociología y de Teorías de la Comunicación en varias carreras que se dictan en esa empresa dedicada al negocio de la educación universitaria.
Si bien la argumentación de UCES fue la reorganización del servicio educativo, en realidad Diana Lacal fue despedida debido a que, junto con otros compañeros, promovió la organización de los trabajadores y la afiliación al Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP). En ese sentido hizo peticiones a la empresa educativa que administra la UCES para mejorar las condiciones de trabajo de los docentes que trabajan en esa empresa.
El despido de Diana Lacal constituye un flagrante caso de discriminación vinculada a su legítimo derecho de desarrollar una actividad protegida por las leyes vigentes.

En efecto, el artículo 1° de la ley 23.592 sobre la penalización de actos discriminatorios, señala claramente: “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos”.

Es indudable que la voluntad resolutoria del empleador, esto es, la empresa educativa que administra UCES, oculta el motivo determinante del despido de Diana Lacal, es decir, el ejercicio regular de la libertad sindical por parte de un trabajador. El objetivo no manifiesto por la empresa educativa fue segregar a Diana Lacal por el hecho de haber ejercitado sus derechos sindicales con libertad y apego a los principios democráticos.
Asimismo, el despido que comentamos se agrava toda vez que constituye un obrar antijurídico que contradice el artícula 953 del Códico Civil que expresa textualmente:

“El objeto de los actos jurídicos deben ser cosas que estén en el comercio, o que por un motivo especial no se hubiese prohibido que sean objeto de algún acto jurídico, o hechos que no sean imposibles, ilícitos, contrarios a las buenas costumbres o prohibidos por las leyes, o que se opongan a la libertad de las acciones o de la conciencia, o que perjudiquen los derechos de un tercero. Los actos jurídicos que no sean conformes a esta disposición, son nulos como si no tuviesen objeto”.
Con el mismo criterio protector se expresan los artículos constitucionales 14 bis (protección contra el despido arbitrario y organización gremial libre y democrática), 16 (igualdad ante la ley y admisibilidad en los empleos sin otra condición que la idoneidad) y 43 (contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley).
Y también los tratados internacionales de derechos humanos enunciados en el artículo 75 inciso 22 de la propia Ley Fundamental que “tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos”.
En ese sentido el despido arbitrario contra nuestra colega Diana Lacal viola la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre - artículo II -; Declaración Universal de Derechos Humanos - artículo 7 °; Convención Americana sobre Derechos Humanos - artículo 24 -; Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos - artículo 26 -; Convenio 87 OIT de 1948, Sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicalización; Convenio 98 OIT de 1949 sobre el Derecho de Sindicalización y de Negociación Colectiva - artículo 1 -; Convenio 111 OIT de 1958 sobre la Discriminación - empleo y ocupación-; ley 23.592 sobre Penalización de Actos Discriminatorios; ley 23.551 de Asociaciones Sindicales -artículos 7°, 47 y 53 -; ley 25.212 sobre Pacto Federal de Trabajo - Anexo 2, artículo 4 ° inciso a, entre otros), por citar sólo las normas más importantes que han sido violentadas por la empresa educativa que administra UCES.
En este marco, la Comisión Directiva del Consejo de Profesionales en Sociología manifiesta públicamente su solidaridad con la Lic. Diana Lacal y reclama la pronta restitución de la misma en su cargo docente.
De igual manera reclama que la UCES sea auditada con relación a este tema y conforme a sus respectivas competencias por el Ministerio de Trabajo de la Nación, la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación de la Nación y la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).
Asimismo el CPS acompañará las acciones que en defensa de nuestra colega Diana Lacal y los trabajadores docentes de UCES ejercite el Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP).
Finalmente hacemos nuestra la exhortación final de SADOP en reciente solicitada:
En relaciones laborales UCES es No Excelente !!!!!!

Comisión Directiva

Curso virtual de Estadísticas de Turismo

Curso virtual de Estadísticas de Turismo

Dada la creciente importancia del turismo y, al mismo tiempo, el significativo avance de las estadísticas aplicadas a la investigación social, ha habido una creciente aplicación de la estadística a la medición y el análisis del fenómeno turístico.

El objetivo general del curso es proporcionar herramientas analíticas y fortalecer las capacidades en el campo de la producción y el análisis de la información estadística aplicada al turismo.

La oferta de este curso se fundamenta en la detección de una necesidad de contar con una formación y actualización en estadísticas aplicadas al turismo entre los graduados y profesionales que se desempeñan en actividades vinculadas al sector.

Está dirigido a graduados universitarios del país y de otras naciones de América Latina en disciplinas afines y convergentes con el turismo: estadísticos, profesionales del turismo, arquitectos, abogados, museólogos, sociólogos, comunicadores sociales, antropólogos, economistas, ambientalistas.

El curso “Estadísticas de Turismo”, con una duración total de tres meses, será dictado por el Mg. Miguel Oliva a partir del mes de Abril de 2010 (con un costo te inscripción de 400$ y una segunda cuota del mismo valor el segundo mes). La inscripción al curso virtual se encuentra abierta (http://www.untrefvirtual.edu.ar/estadisticas_de_turismo ).

Ante cualquier duda, envíe su consulta por correo electrónico a: infovirtual@untref.edu.ar

VIII Jornada Latinoamericana de Estudios Sociales de la Ciencia y la Tecnología

Tercer Anuncio y Convocatoria a Presentación de Trabajos

Fecha límite para entrega de trabajos: 20 de marzo de 2010



Quince años después de la primera de las Jornadas de Estudios Sociales de la Ciencia y la Tecnología, Buenos Aires vuelve a ser anfitrión de ESOCITE. La trayectoria acumulada en el campo de estudios y en sus instituciones, que fue reflejándose en las sucesivas Jornadas, es indicio de la creciente consolidación de los Estudios Sociales de la Ciencia y la Tecnología a nivel regional.



En este sentido, la VIII Jornada ESOCITE enfrenta dos desafíos importantes: afianzar definitivamente los Estudios Sociales de la Ciencia y la Tecnología en América Latina y tematizar públicamente el papel de los conocimientos científicos y tecnológicos en la Región, sus usos frente a sociedades que necesitan la movilización de la CyT para resolver antiguas e importantes problemáticas, tales como la democratización, la desigualdad, el crecimiento y la cohesión social, entre otros.



En efecto, a lo largo de las últimas décadas, los ciudadanos, gobiernos e investigadores de América Latina hicieron grandes esfuerzos para desarrollar instituciones e investigaciones que produjeran conocimientos integrados en la escena internacional y que pudieran ser de utilidad para sus sociedades. Hoy, en la mayoría de los países, las desigualdades sociales no sólo no han disminuido, sino que se han acentuado. La utilización de los conocimientos científicos y tecnológicos localmente producidos para aliviar esta situación ha sido, en la mayor parte de los casos, marginal.



Con el objeto de impulsar la reflexión acerca de los modos en que, analizando el pasado e interrogándonos sobre los desafíos del presente, las ciencias y las tecnologías pueden (o deben) contribuir a una mayor cohesión social y a disminuir las desigualdades en los países latinoamericanos, se propone como tema general de la VIII Jornada ESOCITE “Ciencia y tecnología para la inclusión social".









EJES TEMÁTICOS



Desafíos e historia de las políticas de ciencia y tecnología en los países de Iberoamérica
Instituciones, disciplinas y campos de la ciencia y la tecnología
Tecnología, Innovación y Sociedad
Procesos de producción y uso del conocimiento científico y tecnológico
Participación de los públicos, comunicación y democratización
Los riesgos de la ciencia y la tecnología
Debates teóricos y metodológicos en el estudio social de la ciencia y la tecnología
Dimensiones internacionales de la ciencia y la tecnología
Educación CTS y Educación Superior
Las tecnociencias emergentes


ENVIO DE RESUMEN



Instrucciones



Para participar como expositor en la Jornada ESOCITE 2010 deberá ingresar al sitio: http://www.esocite2010.escyt.org/envio_resumen.php. En primera instancia, registrarse como usuario en la Plataforma ESOCITE 2010. En segunda instancia, debe dar de ALTA AL USUARIO, para ello recibirá en su cuenta de correo electrónico un mail del evento con un link que debe clickear o cortar y poner en la barra de búsqueda para activar su usuario. Luego, ingrese nuevamente en la Plataforma web como usuario en el cuadro de ACCESO. Como usuario, podrá cargar el resumen de su trabajo en el formulario de "Envío de Resumen”.



Cada autor podrá presentar hasta dos (2) trabajos.



Condiciones para envío de trabajo



Resumen: Título; Autor(es); Referencias del autor / los autores (Institución, dirección, teléfonos, e-mails, área temática de investigación); Número de Eje (I- X); Palabras Claves (3); Resumen (Explicitar: Problema a desarrollar; Argumento central del artículo; Principales conclusiones; Abordaje teórico-metodológico. Máximo de 3.000 caracteres con espacios). Adjuntar archivo en formato Word o PDF.



Ponencia:

1) Formato: Papel tamaño A4; márgenes de la página 2,5 cm; fuente Arial, tamaño 11, interlineado 1,5; el articulo debe tener un mínimo de 15 y un máximo de 25 páginas, incluyendo imágenes y bibliografía. Adjuntar como documento Word (doc) o Acrobad (pdf).

2) Contenidos: Título; Autor(es); Referencias del autor / los autores (Institución, dirección, teléfonos, e-mails, área temática de investigación); Temática de referencia del artículo (según las áreas temáticas predefinidas para ESOCITE); Palabras clave (5); Explicitar: problema a desarrollar, abordaje teórico-metodológico, argumento del artículo, conclusiones y referencias bibliográficas



La aprobación del resumen de trabajo será una condición necesaria para que el sistema web le permita cargar su ponencia completa.

Esta a su disposición en el sitio la Guía de envío de trabajos.



FECHAS IMPORTANTES (Reprogramación)



Segunda comunicación y formularios web para resúmenes: 3 de diciembre de 2009

Tercera comunicación: 8 de febrero de 2010

Fecha límite para entrega de resúmenes: 20 de marzo de 2010

Evaluación/aceptación de resúmenes: Abril de 2010

Inscripción:

1ra fase: hasta 22 de mayo de 2010

2da fase: hasta 3 de julio de 2010

Envío de ponencias completas para ser incluidas en el CD: 19 de junio de 2010



Para consultas, por favor comunicarse con: esocite2010@escyt.org



LENGUAS ACEPTADAS PARA LA PRESENTACION DE RESUMENES Y PONENCIAS:

ESPAÑOL, PORTUGUÉS, INGLÉS Y FRANCES